En Achs sabemos que los Comités Paritarios tienen un papel fundamental en la seguridad de las empresas. Por eso disponemos de distintos recursos para apoyarlos en su gestión. ¡Te invitamos a conocerlos!
Promover la prevención de accidentes laborales y construir una cultura de prevención que beneficie a las y los trabajadores de la empresa
En esta sección encontrarás información relevante, documentos y otras herramientas para llevar a cabo la labor y gestión del Comité Paritario.
Certifica tu Comité Paritario de Higiene y Seguridad para visibilizar y validar tu trabajo, a través de parámetros objetivos que te llevarán a una mejora continua en tu gestión.
La certificación Achs premia el compromiso con la seguridad y salud que tiene tu Comité. ¡Sigamos haciendo de Chile el país que mejor cuida a las y los trabajadores y sus familias!
Conoce nuestro procesoAquí encontrarás las capacitaciones que tenemos disponibles y que aplican para comités paritarios de higiene y seguridad
Un Comité Paritario de Higiene y Seguridad, según lo indicado en el Decreto Supremo N°54, se constituye por 3 representantes de la empresa (designados por la alta dirección) y 3 representantes de las y los trabajadores (escogidos en base a elecciones). Por cada miembro titular, se designará otro en carácter de suplente.
Por otro lado, el Comité Paritario de Faena, según indica el Decreto Supremo N° 76, título IV, se constituye por 6 miembros: 3 representantes de las empresas y 3 representantes de las y los trabajadores de dichas empresas. Para esta constitución, no se consideran los suplentes ni procesos de elecciones.
Los requisitos para ser elegido/a representante de las y los trabajadores de un Comité Paritario son:
Quienes deben realizar el curso de Orientación en Prevención de Riesgos son los representantes de las y los trabajadores del Comité Paritario, ya sean titulares o suplentes. Como buena práctica, se sugiere que los representantes de la empresa (tanto titulares como suplentes) también lo realicen. ¡Recuerda coordinar este curso con tu Experto Achs!
Según el Decreto 54, el Comité Paritario tiene las siguientes funciones:
Sí, después de las elecciones se levantará un acta donde se deje constancia del total de votantes, los nombres en orden decreciente de las personas que obtuvieron votos y la nómina final con los 6 trabajadores/as elegidos/as (indicando si son suplentes o titulares), entre otras informaciones. Esta acta será firmada por quien haya presidido la elección y por las personas elegidas que deseen hacerlo. Este documento debe tener 3 copias, una de ellas se enviará a la Inspección del Trabajo, otra a la empresa y una tercera se archivará en el Comité Paritario de Higiene y Seguridad correspondiente.
Uno de los representantes titulares de las y los trabajadores gozará de fuero hasta el término de su mandato. La persona aforada será designada por los propios representantes titulares de los trabajadores/as del respectivo Comité. La designación deberá ser comunicada por escrito a la empresa al siguiente día laboral. ¡Recuerda que el único requisito para ser aforado es ser representante de las y los trabajadores!
Sí, los empleadores tienen la obligación de informar sobre los riesgos, las medidas preventivas y los métodos de trabajo correctos, a las y los trabajadores al momento de contratarlos o de crear actividades que impliquen riesgos. Esto se realiza a través de los Comités Paritarios y de los Departamentos de Prevención de Riesgos. ¡Recuerda dejar registro de esta actividad!