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Ministerio del trabajo y ACHS entregan consejos de prevención para trabajadores expuestos a rayos uv

28/01/2015
Ministerio del trabajo y ACHS entregan consejos de prevención para trabajadores expuestos a rayos uv
El año 2014, la Dirección del Trabajo recibió un total de 72 denuncias de empresas que no cumplían con las normativas de protección en esta materia.

En la instancia se destacó el rol fundamental que tienen las empresas para cumplir e implementar medidas para proteger a sus trabajadores en este ámbito e informar los riesgos a los que están expuestos.


Santiago, 29 de enero.- La construcción, agricultura, pesca, minería, transporte y ferias libres son los rubros en que los trabajadores están más expuestos a la radiación ultravioleta de origen solar. Por este motivo, la Ministra del Trabajo, Javiera Blanco y representantes de la ACHS se congregaron en una construcción de la comuna de Santiago, para sumarse a la campaña que busca promover en las empresas el cumplimiento de la obligación legal de proteger a sus trabajadores de la exposición a los rayos ultravioleta.

La ministra del Trabajo señaló que: “hoy debemos velar para que el trabajo se dé con condiciones de seguridad y de salud, los trabajadores deben contar con reglamentos, con programas escritos, tener vestimenta adecuada y no tener las zonas del cuerpo expuestas. Es importante usar bloqueador, los trabajadores deben hablar con su empleador porque esta normativa se debe cumplir. Para eso está el Ministerio y la dirección del trabajo, iniciamos un programa de fiscalización en todo el país para ver los sectores más expuestos. Es bueno que las empresas se dejen asesorar en estos temas, más que la fiscalización y tener que pasar multas, lo importante es que las medidas se tomen, porque esto impacta en la salud de los trabajadores: la idea es evitar lesiones a la piel, envejecimiento prematuro y hasta el cáncer a la piel. Hay que entender el concepto de trabajo ligado a condiciones de salud adecuadas”.

La ley obliga a las empresas a tomar acciones en este ámbito e informar a sus empleados de los riesgos a los que están expuestos y tomar acciones necesarias en este ámbito. El Decreto Supremo N° 594 “Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo” reconoce explícitamente a la radiación ultravioleta de origen solar como un factor de riesgo, frente al cual los empleadores deben tomar medidas. La fiscalización del cumplimiento de la normativa está en manos de la Autoridad Sanitaria y la Inspección del Trabajo de cada región.

Por este motivo, la ACHS ha implementado iniciativas orientadas a entregar directrices que permiten a las empresas identificar y evaluar el riesgo para los trabajadores: instructivo, guía técnica, programa, cursos e-learning y presenciales y videos, que están siendo entregados a los asociados.

Consecuencias de la exposición

La dermatóloga de la ACHS, Marlene Waissbluth, explicó que está comprobado que la exposición excesiva y/o acumulada de rayos ultravioletas de fuentes naturales o artificiales produce efectos dañinos a corto y largo plazo. “Hablamos de daños principalmente en los ojos y la piel, que van desde quemaduras solares, queratitis actínica y alteraciones de la respuesta inmune, foto envejecimiento, hasta cataratas y tumores en la piel”.

La dermatóloga agrega que: “se sabe además que el mayor daño se acumula los primeros 20 años de vida, es decir, antes del ingreso de la mayoría de las personas al mundo laboral. Además, está comprobado que a mayor altura la radiación es mayor, de ahí que en la minería, por ejemplo, se haga necesario incorporar medidas de prevención tendientes a prevenir lesiones y enfermedades. En el caso de la nieve y el agua, éstas se transforman en elementos que amplifican los UV dado que el reflejo es mayor”.

En este contexto, la ACHS ha realizado acciones concretas para generar conciencia en esta materia, como programas de prevención por parte de la empresa, sistemas de control implementados, medidas de ingeniería (mallas oscuras y de trama tupida u otras), decisiones administrativas (rotación de puestos de trabajo, calendarización de faenas) y elementos de protección personal (gorro tipo legionario, polera manga larga, lentes, factor de protección, etc…).

“En la ACHS buscamos contribuir en la promoción de conductas saludables y de autocuidado entre los trabajadores, a la vez que ayudamos a las empresas a enfrentar los cambios normativos. Todo ello, en el marco del gran objetivo de la ACHS, que es crear una cultura preventiva en las empresas”, señaló Arturo Cares, gerente de Prevención.

Lo que debe cumplir la empresa:

a) Informar a los trabajadores sobre los riesgos específicos de exposición laboral a radiación UV de origen solar y sus medidas de control.
b) Publicar diariamente en un lugar visible el índice UV estimado señalado por la Dirección Meteorológica de Chile y las medidas de control que se deben aplicar, incluidos los elementos de protección personal.
c) Identificar los trabajadores expuestos; detectar los puestos de trabajo e individuos que requieran medidas de protección adicionales y verificar la efectividad de las medidas implementadas a su respecto.
d) Las medidas específicas de control a implementar, según exposición, deberán basarse en las indicaciones señaladas en la Guía Técnica de Radiación UV de Origen Solar dictada por el Ministerio de Salud.
e) Mantener un programa de instrucción teórico práctico para los trabajadores, de duración mínima de una hora cronológica semestral, sobre el riesgo y consecuencias para la salud por la exposición a radiación UV solar y medidas preventivas a considerar, entre otros. Este programa debe constar por escrito.

Multas cursadas por la Dirección del Trabajo

El año 2014, la Dirección del Trabajo recibió un total de 72 denuncias. Esto significó una baja respecto de los años 2013 (106) y 2012 (114). Los sectores más denunciados durante el año pasado fueron Transporte (15); Construcción (11) y Agricultura (11).

Las tres materias denunciadas fueron:

1.- No contar con programa escrito teórico-práctico de protección y prevención (33).
2.- No especificar el uso de los elementos protectores de la radiación UV (19).
3.- No realizar la gestión de riesgo de radiación UV (20).

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