Cuando en el lugar de trabajo ocurre un accidente con resultados fatales, ya sea en la faena o durante el traslado a un centro asistencial, las empresas por ley deben notificar lo sucedido, siguiendo el procedimiento establecido por la Superintendencia de Seguridad Social en la Circular nº2345.
Si ocurre un accidente laboral con consecuencia de muerte, es deber de la empresa actuar coordinadamente junto al comité paritario tanto para proteger al resto de los trabajadores como para llevar a cabo el procedimiento que el artículo 76 de la Ley 16.744 establece específicamente para estos casos.
Este proceso indica que las empresas, además de dar aviso del siniestro a las mutualidades como la ACHS, deben informar del suceso inmediatamente tanto a la Inspección del Trabajo como a la Seremi de salud correspondiente, de acuerdo a la ubicación de la empresa.
De esta manera, la circular nº 2345 detalla que las acciones que se deben seguir son:
- Suspender de forma inmediata las faenas afectadas y permitir a los trabajadores evacuar el lugar de trabajo, en caso de que sea necesario y exista la posibilidad de que ocurra otro accidente.
- Informar de inmediato tanto a la Inspección del Trabajo como a la Seremi de salud correspondiente al lugar donde ocurrió el accidente. Las empresas deben ponerse en contacto con estos organismos ya sea a través del teléfono, correo electrónico, fax o de manera presencial.
- En caso de no tener los medios para contactar a la Seremi o a la Inspección del Trabajo, la empresa deberá informar del siniestro a la entidad fiscalizadora correspondiente según las actividades que desarrolla (Directemar, Sernageomin, entre otras). Estas entidades serán las responsables de hacer llegar los datos del accidente a la Inspección del trabajo y la Seremi de salud para seguir con el conducto regular.
- Las empresas deberán entregar al menos los siguientes antecedentes:
- Datos de la empresa
- Dirección en la que ocurrió el accidente
- Tipo de accidente (fatal o grave)
- Descripción de lo ocurrido
- Si se informa del accidente a través de correo electrónico o fax, se debe utilizar el formulario de notificación inmediata de accidente del trabajo fatal y grave, disponibles en los sitios de la SUSESO, Ministerio de Salud y la Dirección del trabajo.
- La reanudación de las faenas se debe solicitar a las entidades fiscalizadoras a través de los canales de comunicación ya mencionados, siempre que se hayan controlado y subsanado las causas del accidente. La empresa podrá volver a operar en el lugar solo si es autorizada por la entidad fiscalizadora correspondiente (Inspección del trabajo o Secretaría Regional del Ministerio de Salud). Esta resolución debe estar por escrito y contar con una copia física en el lugar de la faena.
- Si las empresas no cumplen con el deber de informar a las autoridades, se exponen a multas que van de las 50 a 150 unidades tributarias mensuales.
¿Cómo apoyan los Comités Paritarios?
Los Comités Paritarios son fundamentales dentro de toda organización, ya que además de ser una instancia en la que representantes, tanto de la empresa como de los trabajadores, trabajan para asegurar el bienestar de los colaboradores, participan en el proceso de investigación de los accidentes, buscando encontrar las causas para que estos hechos no se repitan en el futuro.
Estos comités son la única entidad autorizada legalmente para investigar e indagar los motivos de un accidente. Este proceso se debe llevar a cabo en conjunto con Experto en Prevención y la asistencia técnica del Experto ACHS con el que trabaja, para así establecer nuevas medidas preventivas que eviten que otros accidentes sucedan más adelante.