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Cómo nos protege la ley de convivencia vial

29/01/2019
Cómo nos protege la ley de convivencia vial

Con la promulgación de la Ley de Convivencia de Modos, más conocida como de convivencia vial, el panorama para automovilistas, ciclistas y peatones cambia, entregando más claridad sobre los derechos y deberes de cada uno. Conoce esta nueva disposición legal y las consideraciones que debes tener al salir de casa.

Durante noviembre de 2018, entraron en vigencia una serie de importantes modificaciones a la Ley de Tránsito, enmarcadas dentro de lo que hoy conocemos como Ley de convivencia vial. El objetivo de estas medidas es equiparar la distribución de los espacios de circulación tanto de peatones y ciclistas, como de quienes se desplazan en vehículos motorizados.

Actualmente, el 6% de las muertes por accidentes de tránsito corresponde a ciclistas. Por este motivo, esta ley tiene como propósito proteger a quienes se desplazan por la ciudad en “ciclos”.
Los ciclos son una tipificación de medios de transporte, que incluye a todos los vehículos de una o más ruedas, como bicicletas, patinetas, patines, entre otros. También en esta categoría se incluyen aquellos móviles con asistencia eléctrica con potencia máxima de 0,25 kilowatts y que no sean capaces de superar los 25 kilómetros por hora.

Recomendaciones para peatones

  • No camines por las ciclovías, ya que es una pista de uso exclusivo para quienes se desplazan en bicicleta u otros tipos de ciclo.
  • Carros de carga (puestos de comida, de supermercado, de feria, entre otros), coches para guaguas no están permitidos en ciclovías.
  • Cruza la calle solo por los pasos habilitados y, de haber un semáforo, atraviesa solo cuando esté con luz verde.
  • Evita caminar mirando tu celular o escuchando música a un volumen muy alto. Debes mantenerte atento al camino para poder identificar y prevenir riesgos en la vía.

Recomendaciones para ciclistas

  • Circula siempre por las ciclovías establecidas. En el caso de que no existan, deberás circular por la calzada junto a los otros vehículos.
  • Circular por la vereda está permitido en las siguientes situaciones:
    • Cuando las condiciones de la ciclovía, de la calzada o las condiciones climáticas hagan peligroso continuar por ellas.
    • Personas con discapacidad, movilidad reducida
    • Menores de 14 años y adultos mayores
    • Si andas junto a un niño menor de 7 años
  • Es tu deber circular con los elementos de seguridad. Aunque utilices un sistema de bicicletas arrendadas, siempre debes tener tu casco y chaleco u otros elementos reflectantes. Tu bicicleta debe contar con luces delanteras (blanca) y traseras (roja).
  • Si utilizas una bicicleta eléctrica capaz de superar los 25 kilómetros por hora, esta pasa a ser considerada como vehículo motorizado, por lo que debes circular por la calzada.
  • Bicicletas equipadas con motor de combustión interna (motor en base a bencina) no tiene permitido circular por ciclovías.
  • En caso de tener que utilizar un paso peatonal, puedes hacerlo en bicicleta siempre y cuando no esté circulando mucha gente y te desplaces a velocidad de peatón. La recomendación es a bajarte del ciclo y cruzar como un peatón más.
  • Cuando circules, nunca vayas con música a volumen alto ni te distraigas de las contingencias del camino.
  • Revisa y mantén en buen estado tu bicicleta. Recuerda siempre llevar herramientas y repuestos básicos que te permitan continuar tu viaje en caso de imprevisto.

Recomendaciones para automovilistas y vehículos motorizados:

  • A la hora de adelantar un ciclista, debes considerar al menos 1,5 metros de distancia durante toda la maniobra.
  • En zonas residenciales y de escuelas, transita a baja velocidad y atento a tu entorno.
  • Está prohibido que todo tipo de vehículo motorizado utilice las ciclovías como estacionamiento. Esto incluye motocicletas.

No importa la manera en que te desplazas por la ciudad, recuerda que una buena convivencia vial depende de todos. Sigue estas recomendaciones de la ACHS y ayúdanos a hacer de nuestras calles espacios más seguros.

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