Con el fin de actualizar las exigencias que debe cumplir toda instalación de consumo de energía eléctrica, la cartera de gobierno promulgó un nuevo reglamento. Te entregamos todos los detalles en la siguiente nota.
El 5 de marzo de 2020 fue publicado en el Diario Oficial el Reglamento de Seguridad de las Instalaciones de Consumo de Energía Eléctrica, mediante el Decreto N°8 del Ministerio de Energía de fecha 31 de enero de 2019.
Revisa aquí el Decreto
Este reglamento establece las exigencias mínimas que deben ser consideradas en el diseño, construcción, puesta en servicio, operación, reparación y mantenimiento de toda instalación de consumo de energía eléctrica hasta el punto de conexión del cliente final con la red de distribución.
Es un reglamento de aplicabilidad transversal a toda empresa, independiente del sector económico al cual pertenezca y reemplaza a la norma NCH Eléctrica N°4 de 2003. Lo que busca es el funcionamiento de las instalaciones eléctricas sea en condiciones seguras para todos los involucrados.
Este nuevo reglamento consta de 19 pliegos técnicos normativos, los cuales fueron publicados en el Diario Oficial el día 12 de enero de 2021 y entran en vigencia 6 meses a partir de dicha fecha de publicación.
Revisa aquí la Resolución
Hay varios aspectos operacionales y constructivos que entrarán en vigencia prontamente. Un aspecto operacional destacable que entrara en vigencia es que: “instalaciones de potencia instalada mayores a 300 kW o alimentadas por empalmes en media tensión, de carácter industrial, comercial, educacional, asistencial o de locales de reunión de personas, en el ámbito del mantenimiento y operación de las instalaciones eléctricas, se deberá implementar un programa de seguridad eléctrica, mediante profesionales competentes”.
Como una manera de contribuir a mejorar los procesos de control de riesgos eléctricos, ponemos a tu disposición las siguientes herramientas preventivas:
Además, te invitamos a revisar el webinar que desarrollamos sobre esta materia aquí.