En abril de este año se promulgó la Ley nº 20.907, que faculta a los trabajadores dependientes que pertenecen al cuerpo de bomberos a acudir a llamados de emergencia ante accidentes, incendios u otros siniestros que ocurran durante su jornada laboral, sin poner en riesgo su trabajo.
En Chile hay más de mil compañías de bomberos, las que funcionan con personal voluntario que se desempeña remuneradamente en otros oficios. Muchos de ellos son trabajadores dependientes y hasta la fecha no existía ninguna normativa que estableciera condiciones para compatibilizar sus horarios laborales con el servicio que prestan a la comunidad.
¿Qué dice la nueva normativa?
El 8 de abril de 2016 se promulgó la Ley n° 20.907 que “Regula la situación del trabajador dependiente que se desempeña como voluntario del cuerpo de bomberos”, que agrega al Código del Trabajo ciertas condiciones.
La norma establece que los trabajadores dependientes que se desempeñan como voluntarios del cuerpo de bomberos, estarán facultados para acudir a un llamado de emergencia ante accidentes, incendios u otros siniestros que ocurran durante su jornada laboral. El voluntario puede acudir a prestar servicios dentro de la comuna a la que pertenece su compañía o a otras zonas si así se solicita en caso de una emergencia de mayor gravedad que requiera refuerzos de otras entidades.
El tiempo que los trabajadores destinen a la atención de estas emergencias será considerado como trabajado para todos los efectos legales. En este sentido, el empleador no podrá, en ningún caso, calificar esa salida como inadecuada o injustificada, que podrían ser consideradas como abandono del trabajo, de acuerdo a lo que señala el artículo n° 160 del Código del Trabajo.
La Ley establece además, que el empleador podrá solicitar a la compañía de bomberos información que acredite la salida del trabajador por motivos de emergencia. Los cuerpos de bomberos cuentan con un sistema de registro que permite verificar la asistencia de un voluntario a un evento de emergencia, para poder justificar debidamente la salida del trabajo.
Resguardo legal para los voluntarios
Esta es una modificación legal de gran importancia para los cuerpos de bomberos de todo el país, ya que permite autorizar legalmente a todo voluntario que trabaje en el sector público o privado, en caso de emergencia.
La promulgación de esta ley marca un precedente, ya que las normas que existían hasta entonces no hacían referencia a los resguardos que en temas laborales y de seguros, y desde este año se estableció que el tiempo que un voluntario se ausente de su trabajo por los motivos que señalamos en esta nota, serán consideradas como horas trabajadas.
Incumplimiento del empleador
En el caso de que un trabajador voluntario de bomberos sea desvinculado de sus labores por acudir a una emergencia o incendio, puede invocar a esta ley que ha quedado estipulada en el Artículo N° 66 del Código del Trabajo.
La denuncia debe hacerse ante la Inspección del Trabajo y realizar el reclamo formal por sufrir vulneración de su condición laboral. La entidad deberá realizar las pesquisas pertinentes y dictará la resolución que corresponda.
¿Qué normas legales rigen a los cuerpos de bomberos?
• Ley n° 20.564, Ley marco de los bomberos de Chile.
• Ley n° 20.118, sobre jornada laboral de los cuarteleros de las compañías de bomberos.
• Decreto n° 95, que establece requisitos para la constitución de cuerpos de bomberos.
• Ley n° 20.907, que regula la situación del trabajador dependiente que se desempeña como voluntario del cuerpo de bomberos.