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Entra en vigencia la nueva ley de inclusión laboral

14/03/2018
Entra en vigencia la nueva ley de inclusión laboral
A partir del 1 de abril comenzarán a regir los nuevos reglamentos que regulan el funcionamiento de la Ley 21.015 y que establece que empresas e instituciones públicas con 100 o más trabajadores tienen que destinar el 1% de los puestos laborales para personas con discapacidad. La finalidad de la normativa es promover una inclusión laboral eficaz, tanto en el ámbito público como en el privado.

Actualmente en nuestro país el 20% de la población mayor de 18 años se encuentra en situación de discapacidad. De éstas, el 57,2% está inactivo, que se traduce en 2,6 millones; el 3,6%, desocupado; y sólo el 39,3%, cuenta con trabajo.Ante esta realidad, esta nueva ley tiene por objetivo habilitar más de 27 mil cupos laborales.

¿Qué establece esta nueva Ley?

En lo principal, establece una cuota del 1% de empleos para personas en situación de discapacidad en empresas públicas y privadas de 100 o más trabajadores. De esta manera, se presenta un nuevo escenario para el mercado laboral, ya que según datos del Ministerio de Desarrollo Social, alrededor de 7.600 empresas del sector privado deberán aplicar esta cuota de inclusión, lo que abriría alrededor de 25.000 cupos en el sector privado, mientras que el sector público habilitaría cerca de 2.500 puestos de trabajo.
A estos cupos podrán acceder aquellas personas que posean una pensión de invalidez de cualquier régimen previsional o que padezcan cualquier tipo de discapacidad calificada previamente por las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).

Con respecto al salario, este proyecto deroga la norma que permite que las personas con discapacidad mental puedan percibir salarios menores que el sueldo mínimo, permitiendo el acceso a una remuneración más digna.

Cumplimiento de las empresas y fiscalización

En el ámbito privado, la Dirección del Trabajo será la encargada de fiscalizar el cumplimiento de esta normativa por parte de las empresas. La entidad llevará un registro actualizado de los contratos celebrados por las empresas con personas con discapacidad o pensionados por invalidez.

En la esfera pública, existirá un reglamento dictado por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que establecerá los parámetros y procedimientos necesarios para dar cumplimiento a estas obligaciones o para justificar una excepción.

Excepciones a la Ley

La normativa establece que por razones fundadas una entidad podría no cumplir la cuota laboral.

Excepciones en el sector privado:
La naturaleza de las funciones que desarrolla la empresa.
La falta de personas interesadas en las ofertas de trabajo que se hayan formulado.

Excepciones en el ámbito público:
• Aquellas relativas a la naturaleza de las funciones que desarrolla el órgano, servicio o institución.
• No contar con cupos disponibles en la dotación de personal.
La falta de postulantes que cumplan con los requisitos respectivos.

Si estás interesado en conocer más aspectos de la nueva ley, seleccionamos el siguiente link con preguntas frecuentes sobre la nueva normativa.


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