Esta medida rige para profesionales, técnicos, administrativos, auxiliares y alumnos en práctica de los servicios de urgencia de la red pública y privada, pero también para pacientes y acompañantes que acudan a estos recintos. Revisa aquí todos los detalles.
Se acerca el invierno y con ello las enfermedades respiratorias. Como una medida para prevenir los contagios por circulación viral, el Ministerio de Salud ordenó el uso obligatorio de mascarillas específicamente en los servicios de urgencia de la red asistencial, tanto públicos como privados.
La medida que ya comenzó a regir establece lo siguiente:
• QUIÉNES DEBEN USARLA: los equipos de salud de los servicios de urgencia, incluyendo a profesionales, técnicos, administrativos, auxiliares y alumnos en práctica. Además, el uso es obligatorio para pacientes y cualquier otra persona que visite dichos establecimientos.
• TIPOS DE MASCARILLAS: deben ser aquellas de características médicas, quirúrgicas, de procedimientos y de tres pliegues, y los respiradores de alta eficiencia tipo K95, KN95 y equivalentes.
• PERÍODO DEL USO OBLIGATORIO: la disposición rige desde el 1 de abril y se extiende al 31 de agosto de 2024, o hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión.
¡CUÍDATE ESTE INVIERNO!
La medida del uso obligatorio de la mascarilla permite minimizar el riesgo de contagio en las salas de espera y de atención en el servicio de urgencias, protegiendo tanto a pacientes como al personal. Pero además recomendamos mantener hábitos de autocuidado especialmente para la estación que se aproxima.
En este sentido, recordamos y sugerimos el uso de mascarillas a todas las personas que presenten síntomas respiratorios en todos los entornos, además realizar un lavado de manos frecuente con agua y jabón, o con alcohol gel.