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Cambios en la ley de tabaco, nuevas restricciones para fumadores

18/02/2013
Cambios en la ley de tabaco, nuevas restricciones para fumadores
La modificación a la Ley Nº 19.419 que regula el consumo de tabaco en nuestro país, apunta a un solo objetivo: disminuir las cifras de tabaquismo y proteger a los no fumadores. Para ello, se han establecido diversas medidas que comenzarán a regir el próximo 1 de marzo de 2013.

De todos los cambios a la normativa vigente, uno de los más llamativos es la prohibición de fumar en todos los espacios cerrados de libre acceso al público, poniendo fin a los sectores de fumadores y no fumadores que antes regían en restaurantes, pubs y otros establecimientos.

Sin embargo, también se endurecieron las normas de publicidad y algunos otros aspectos que buscan disminuir los niveles de adicción en los fumadores.

Principales modificaciones a la Ley de Tabaco


Espacios libres de humo

La nueva normativa consagra la prohibición de fumar en todo espacio cerrado que sea de acceso público o de uso comercial colectivo, entendiendo como espacio interior o cerrado aquel que se encuentra cubierto por un techo o cerrado entre una o más paredes o muros.

La entrada en vigencia de la nueva ley, prohibirá fumar en:

- Establecimientos de educación pre-básica, básica y media.
- Lugares donde se expendan combustibles o donde se manipulen o fabriquen explosivos, inflamables, medicamentos o alimentos.
- Medios de transporte, incluyendo ascensores.
- Dependencias del Estado.
- Establecimientos de salud.
- Establecimientos de educación superior.
- Aeropuertos y terrapuertos.
- Teatros, cines o lugares donde se presenten espectáculos.
- Gimnasios y recintos deportivos.
- Centros de atención al público como supermercados y centros comerciales.
- Pubs, restaurantes, discotecas y casinos de juegos.

Restricción de publicidad

La normativa actual establece la prohibición de publicidad en todo el país y por todos los medios, sin embargo, la nueva ley la restringe incluso al interior de los lugares de venta de cigarrillos. Además, se prohibirá la publicidad indirecta del tabaco en los medios de comunicación en horarios para menores. Con esto, sólo las películas, telenovelas y documentales que se emitan en horario nocturno o de adultos podrán mostrar personas o actores fumando.

Definición de productos de tabaco y advertencias en cajetillas

La nueva ley deja atrás el concepto de productos hechos con tabaco y propone el de “productos de tabaco”, es decir, todos aquellos preparados totalmente o en parte utilizando como materia prima hojas de tabaco y destinados a ser fumados, chupados, mascados o aspirados. Además de esto, la normativa propone aumentar las advertencias (entre dos y seis) en las cajetillas de cigarrillos, las que deberán estar visibles en todos los lugares de venta.

Cigarrillos sin sabores

Con la entrada en vigencia de la nueva ley se impedirá el uso de aditivos como saborizantes y aromatizantes, prohibiendo así los cigarros mentolados, ya que se considera que éstos contienen sustancias que aumentan la aceptabilidad de los productos de tabaco y aumentan los niveles de adicción.

Más fiscalizadores y nuevas condiciones de multas

Los inspectores municipales serán los nuevos fiscalizadores que apoyarán a la autoridad sanitaria para que la ley se cumpla con total regularidad. En tanto, las multas seguirán variando entre 1 y 1.00 UTM para quienes incumplan las normativas, sin embargo, se incluirán tres nuevas condiciones:

1. Se podrá decretar la clausura de un local por 15 días si éste reincide en la venta de productos de tabaco a menos de 100 metros de establecimientos de educación básica y media, o si comercializa estos mismos productos a menores de 18 años.
2. Los locatarios que transgredan la prohibición de fumar, se expondrán a multas de dos UTM por fumador, a diferencia de la normativa vigente en la que se cursan multas sólo de una UTM por fumador.
3. Se eleva la multa de media UTM a dos UTM aplicada al fumador que transgreda la prohibición de fumar en los lugares en que así se establece. En caso de reincidencia, se podrá aplicar el doble de la multa.

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