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Ciclo epe de salud mental: flujo de atenciones para determinar el origen laboral o común de una afección de salud mental

23/12/2013
Ciclo epe de salud mental: flujo de atenciones para determinar el origen laboral o común de una afección de salud mental

Con el objetivo de detectar adecuadamente las enfermedades de salud mental de origen profesional y disminuir los tiempos de reposo, la ACHS desarrolló el Ciclo de Evaluación de Enfermedades Profesionales en Estudio de Salud Mental (EPE). Este proceso ha sido estandarizado e implementado en todas las agencias del país y contempla varias etapas que, finalmente, permiten resolver el origen de la patología.

Para generar diagnósticos certeros en relación a las enfermedades de salud mental que afectan a los trabajadores de nuestras empresas afiliadas, desarrollamos el Ciclo EPE, flujo de atenciones que permite determinar si este tipo de patologías tiene origen laboral o no.

Pablo Garrido, coordinador nacional de Salud Mental de la ACHS, explica que “este ciclo contempla varias etapas que abarcan desde la atención al paciente, hasta los plazos en los que se debe calificar y resolver el origen de la enfermedad”. Estas fases pueden resumirse en:

· Atención al trabajador: contempla la atención por parte de un médico de atención primaria, quien otorga un cuidado inicial y una primera indagación del motivo de consulta (agentes de riesgo) declarados por el paciente.

· Entrevista con un psiquiatra: el paciente es derivado a la especialidad, con el objetivo de profundizar en el motivo de consulta y realizar un examen mental. Se evalúa la indicación de medicamentos de ser necesario.

· Entrevista con un psicólogo clínico: quien estudia las condiciones que relata el afectado respecto de los riesgos psicosociales laborales y extra-laborales que pudieran estar presentes.

· Estudio del puesto de trabajo: un profesional de la ACHS acude a la empresa y evalúa en forma presencial las condiciones de trabajo en las que se desempeña el paciente, entrevistándose con personas aportadas por la empresa y el paciente.

· Comité de Salud Mental (junta multi-especialidad): con los antecedentes reunidos, un comité conformado por médicos, psicólogos y médicos del trabajo determinan si la enfermedad es o no de origen laboral.

· Resolución, derivación y/o tratamiento: si la patología es de origen laboral, se le comunica al paciente y a la empresa, y se inicia un plan de tratamiento. Si no lo es, se informa al paciente y se le deriva al sistema común de previsión. Posteriormente, se le informa a la empresa.

Si el paciente presentara una licencia rechazada por la ISAPRE o COMPIN (Ley 19.394), se realiza similar ciclo de atenciones para calificar el origen del problema, sólo que si fuera resuelto como no-laboral, la decisión última será emitida por la SUSESO y el paciente no podrá ser derivado a su sistema común de previsión de salud (Art. 77 bis).

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