Si
en tu empresa utilizan calderas, autoclaves u otros equipos que
utilizan vapor de agua, te contamos que este 17 de abril entra en
vigencia el Decreto Supremo Nº 10 que modifica las normas existentes
que regulaban estos aparatos. Entérate de los nuevos requerimientos
aquí.
Este
decreto aprueba el nuevo reglamento de calderas, autoclaves y equipos
que utilizan vapor de agua. Su objetivo es establecer las condiciones
y requisitos de seguridad que deben cumplir las calderas, autoclaves
y equipos que utilizan vapor de agua, con el objeto de resguardar su
funcionamiento seguro y evitar daños a la salud de las personas.
Su
alcance es:
A.-
Calderas de vapor de agua, calderas de calefacción y calderas de
fluidos térmicos, sean éstas fijas o móviles.
B.-
Autoclaves y equipos que trabajan con vapor de agua, a presión
manométrica igual o superior a 0,5 kg/cm2.
C.-
La red de distribución de vapor, desde la fuente de generación de
vapor, a los puntos de consumo de todo proceso, sus componentes y
accesorio.
Además,
este Decreto faculta a la Autoridad Sanitaria para fiscalizar y
sancionar a quienes no lo cumplan.
Para
ver el Decreto completo, haz clic AQUÍ.